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11CORPORATIVOPlazo para la implementaci%u00f3n obligatoriaMediante la Resoluci%u00f3n RCA-14500-03/25, el Consejo de Administraci%u00f3n del Infonavit estableci%u00f3 que la aplicaci%u00f3n operativa de esta reforma deber%u00e1 iniciarse con el cuarto bimestre de 2025 (julio-agosto). Las amortizaciones correspondientes deber%u00e1n enterarse a m%u00e1s tardar el 17 de septiembre de 2025, conforme a los calendarios fiscales establecidos.Principales implicaciones para empleadoresEsta reforma trae consigo importantes desaf%u00edos operativos, fiscales y financieros que las empresas deben anticipar y gestionar de forma estrat%u00e9gica.a. Descuentos vigentes aun con ausencias o incapacidadesLos empleadores siguen obligados a realizar las retenciones correspondientes a cr%u00e9ditos Infonavit, incluso cuando el trabajador no haya laborado por ausencias o incapacidades. Esto refuerza el car%u00e1cter fiscal y prioritario de dichas amortizaciones.b. Adaptaci%u00f3n de sistemas y procesos de n%u00f3minaSe requiere la actualizaci%u00f3n inmediata de los sistemas de n%u00f3mina para realizar los c%u00e1lculos proporcionales de descuentos y evitar errores o inconsistencias que puedan derivar en responsabilidades legales o sanciones.c. Mayor carga administrativa y operativaLa aplicaci%u00f3n diaria y proporcional de los descuentos implica un aumento en la complejidad de los procesos internos. Las %u00e1reas de recursos humanos, contabilidad y n%u00f3mina deber%u00e1n implementar controles m%u00e1s rigurosos de asistencia, c%u00e1lculo y conciliaci%u00f3n.d. Riesgo financiero y cumplimiento normativoLa inadecuada implementaci%u00f3n de esta reforma puede derivar en contingencias fiscales o laborales. Por ello, resulta prioritario establecer controles internos documentados, capacitar al personal responsable y, en su caso, buscar apoyo de asesores legales y fiscales.