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24En nuestro pa%u00eds, la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) establece en su Art%u00edculo 2%u00ba que las sociedades que est%u00e9n inscritas en el registro p%u00fablico de comercio o no, pero que se conduzcan como tales frente a terceros, tienen personalidad jur%u00eddica propia y distinta de los socios que la constituyen, al igual que patrimonio propio; es decir, avala la separaci%u00f3n de sus bienes y que estos deben ser considerados como tal, al efecto de crear el llamado velo corporativo.El velo corporativo en M%u00e9xico como medida de protecci%u00f3n jur%u00eddica ysu responsabilidad empresarialPor Jos%u00e9 Antonio K%u00fa HauCORPORATIVO%u201cEs indispensable que las sociedades fortalezcan sus estructuras de cumplimiento normativo, transparenciay responsabilidad%u201d.En el contexto empresarial, el velo corporativo es un elemento fundamental para la protecci%u00f3n legal de los accionistas, socios y directivos, ya que permite que las sociedades mercantiles operen como entes independientes, separando el patrimonio de sus miembros; es decir, protege a los inversionistas ante situaciones financieras y jur%u00eddicas que pudieran presentarse. En concreto, el velo corporativo brinda confianza y certeza jur%u00eddica a los socios para invertir sin arriesgar su patrimonio particular.